Justicia española ratifica que un beso en la mano sin consentimiento es agresión sexual

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En un fallo que marca un precedente sobre la integridad física, el Tribunal Supremo de España dictaminó que dar un beso en la mano sin consentimiento constituye un delito de agresión sexual. La resolución, emitida tras el análisis de un caso ocurrido en una parada de autobús, rechaza la pretensión de la defensa de catalogar el incidente como un simple «acoso callejero».

Los magistrados subrayaron que la acción no fue un gesto aislado, sino un acto con clara intención de atentar contra la libertad sexual. Según la sentencia, el acusado sujetó la mano de la víctima, se la besó y, mediante gestos, le ofreció dinero para que lo acompañara. El tribunal enfatizó que cualquier contacto físico con matiz sexual que la víctima no tenga obligación de soportar implica una cosificación y un ataque a su dignidad.

Este dictamen refuerza la postura legal de España, país que se mantiene a la vanguardia en legislación contra la violencia de género. El fallo se suma a la línea judicial consolidada tras casos de alto impacto, como el de Luis Rubiales, condenado por el beso no consentido a la futbolista Jenni Hermoso, reafirmando que en el marco jurídico actual, el consentimiento es el eje central de toda interacción física.

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